Cambia el IVA en supermercados: quiénes estarán libres del régimen de percepción

A partir del 1 de julio, las compras menores a $10 millones hechas por consumidores finales estarán exentas de la percepción de este impuesto.

A partir del 1° de julio, entrará en vigor una modificación en el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el sector de supermercados y comercios de alimentos, según lo establecido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la Resolución General 5710/2025, publicada en el Boletín Oficial. 

La nueva normativa exime del pago de este tributo a las compras inferiores a 10 millones de pesos realizadas por consumidores finales, lo que simplifica la operatoria de los comercios y beneficia a pequeños comerciantes, empresas informales y consumidores habituales.

La medida, que busca facilitar el uso de dinero informal o los denominados "dólares del colchón", establece un criterio cuantitativo claro: las operaciones de hasta 10 millones de pesos en los rubros contemplados quedarán automáticamente exceptuadas de la percepción del IVA, sin necesidad de evaluar si el comprador actúa como consumidor final. 

Según la resolución, esta exención aplica a cuatro actividades comerciales principales: venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos, venta al por menor en hipermercados, supermercados y minimercados, incluyendo autoservicios y mercaditos que ofrezcan carnes, verduras y otros productos alimenticios de forma conjunta.

Hasta ahora, los comercios debían determinar si un cliente era consumidor final o no, lo que generaba conflictos en los puntos de venta, especialmente cuando se compraban grandes volúmenes de productos, como decenas de botellas de gaseosa o varios kilos de carne. 

En esos casos, los vendedores estaban obligados a aplicar una percepción del IVA, que oscilaba entre el 5,25% y el 10,5% sobre el total de la factura, dependiendo de la alícuota de los productos. 

Esta dinámica complicaba las transacciones, ya que pequeños comerciantes o empresas informales a menudo intentaban eludir el recargo simulando ser consumidores finales, mientras los comercios carecían de un criterio objetivo para tomar decisiones.

 

Con la nueva normativa, los supermercados y minimercados ya no tendrán que analizar el perfil de consumo de los clientes. Toda compra inferior a 10 millones de pesos en los rubros alcanzados será considerada automáticamente como realizada por un consumidor final, independientemente del volumen o la variedad de productos adquiridos. 

Esto reduce la cantidad de operaciones sujetas a la percepción y elimina las disputas en las cajas, simplificando tanto la emisión de comprobantes como el proceso de venta.

La resolución también alinea esta medida con la reciente actualización del régimen de emisión de comprobantes, que elevó a 10 millones de pesos el monto a partir del cual los comercios deben identificar a los consumidores finales. Esto disminuye las posibilidades de evasión o fraccionamiento ficticio de tickets, ya que todas las operaciones por debajo de ese tope recibirán el mismo tratamiento tributario.

 

El cambio beneficia especialmente a pequeños comercios y empresas informales que operan en el sector alimenticio, ya que solo quienes realicen compras superiores a 10 millones de pesos o no declaren su condición de consumidor final seguirán sujetos a la percepción. Para las empresas registradas que operan en blanco, el impacto es relativo, ya que la normativa mantiene la excepción para quienes acrediten su situación tributaria.

La Resolución General 5710/2025 establece que la exención aplica cuando el comprador "declare expresamente su condición de consumidor final a través de la aceptación del comprobante o factura" y el vendedor no tenga razones para presumir lo contrario. Sin embargo, el criterio determinante ahora es el monto de la operación, lo que elimina la subjetividad previa y agiliza las transacciones.

 

Con esta reforma, supermercados, hipermercados, minimercados y autoservicios dejarán de ser escenario de discusiones sobre la condición tributaria de los compradores, centrándose en un tope financiero claro que busca aliviar la carga administrativa y mejorar la experiencia de compra a partir de julio.