
El secretario electoral federal de Córdoba, Guillermo Fernández, despejó todas las dudas sobre el correcto uso de la Boleta Única, los documentos habilitados y cómo justificar la no emisión del voto.
El próximo domingo, millones de argentinos acudirán a las urnas para participar en las elecciones legislativas nacionales, marcadas por la implementación de la Boleta Única de Papel. Para garantizar un sufragio correcto y sin inconvenientes, el secretario electoral federal de Córdoba, Guillermo Fernández, brindó detalles esenciales sobre el proceso de votación en Cadena 3, desde el despliegue de las urnas hasta la mecánica de la votación y la justificación de la no emisión del voto, con el fin de aclarar el panorama y borrar las dudas más frecuentes.
- ¿Qué pasa si un ciudadano no concurre a votar?
Comete una infracción. Es obligatorio ir a votar para la franja etaria que va de los 18 a los 70 años. Los menores de 18 (entre 16 y 18) y los mayores de 70 tienen el derecho de votar, pero no la obligación.
- Mi hija de 18 años no aparece en el padrón, ¿qué debemos hacer?
A esta altura, no hay nada que hacer. El circuito para llegar al padrón tiene momentos de exhibición del padrón provisorio para que el elector lo vea y, en caso de faltar o tener algún dato incorrecto, haga el reclamo pertinente. Eso es antes del cierre. Lo que sí se puede hacer es un reclamo después de las elecciones para que no siga pasando.
- ¿Cómo puede un ciudadano averiguar dónde tiene que votar?
La Cámara Nacional Electoral tiene una página web. Simplemente con ingresar en el teléfono o la computadora y poner “dónde voto” lo va a llevar al lugar de votación.
- ¿Una persona con un certificado de discapacidad o alguna condición especial puede votar?
Todas las personas que figuran en el padrón pueden votar, tengan lo que tengan, siempre y cuando figuren en él. Algunas con algún tipo de discapacidad necesitarán una asistencia que se la puede dar el presidente de mesa; le puede dar toda la información, pero se va a tener que retirar y dejar que la persona tome la opción sola. En el caso de los no videntes, lo podrán hacer con un acompañante que elijan y que esté debidamente identificado.
- ¿Cuáles son los formatos de documentos aceptados para votar?
Absolutamente todos, incluso aquellos que en su momento decían "no válido para votar", siempre y cuando sea el último documento que tiene o el que figura en el padrón. Lo que sí es importante es que tiene que ser el documento físico, ya que el digital no sirve para votar.
- En la Boleta Única, ¿qué es válido para marcar la preferencia? ¿Cruz, tilde, círculo? ¿Y qué ocurre si se marcan dos opciones?
Puede marcar con un tilde, pintar todo el cuadrado, hacer una X, un círculo, un punto. Se puede exceder un poco del cuadrado. Mientras quede clara la voluntad del elector, es un voto válido. Si marca en más de una opción, tomando dos agrupaciones políticas, como es imposible determinar la voluntad real, es un voto nulo. Si la elección incluye senadores y diputados, se debe marcar una opción para cada categoría.
- Con la Boleta Única, ¿cómo es el proceso de votación al desaparecer el cuarto oscuro?
El elector va a llegar, mostrará su documento al presidente de mesa, quien verificará la identidad y le entregará una boleta de un talonario junto con una lapicera (puede usar la propia si lo desea). El votante se dirigirá a la cabina (biombo de cartón) a tomar su opción, lo cual debe hacer sin sacar fotos, ya que está prohibido por el artículo 71 del Código Electoral. Luego, procederá a doblar la boleta según las líneas indicadas en el reverso, dejando a la vista un recuadro que el presidente de mesa habrá firmado previamente. Introducirá la boleta en la urna, recibirá el troquel y el documento, firmará el padrón y se retirará.
- El talonario de boletas está numerado. ¿Existe la posibilidad de que se sepa a quién votó el ciudadano con ese número?
No, te lo explico bien: el talonario está numerado para el control del presidente de mesa, pero la boleta que se le da al ciudadano no tiene número. La numeración es para saber cuántas boletas se utilizaron de ese talonario. No hay numeración que identifique ese talonario con esa boleta. No hay ninguna posibilidad de identificar el voto.
- Si la persona se encuentra a una gran distancia de su lugar de votación, ¿cómo justifica la no emisión del sufragio?
Si la distancia es mayor a 500 kilómetros hay justificación suficiente. La ley exige que sean 500 kilómetros. Además, en el caso de estudiantes o personas que se encuentren lejos de su lugar de votación (por ejemplo, de otras provincias en Córdoba), para evitar un doble trámite, pueden concurrir el mismo día de la elección a la Secretaría Electoral (en Tribunales Federales, W. Paunero esquina Concepción Arenal) a partir del mediodía. Allí, manifiestan su lugar de residencia, muestran su DNI y se les carga la justificación para que no figuren en el registro de infractores.
- ¿Qué debe hacer alguien que se equivoque al marcar la boleta, se le rompa o quiera cambiar su opción?
Sin manifestar cuál fue la opción marcada o cuál tomará, debe acercarse al presidente de mesa y decir que se equivocó, se le rompió o la boleta no está en condiciones. El presidente le dará una nueva boleta, tomará la anterior, la guardará en un sobre y realizará un acta que dé cuenta de lo ocurrido.
- ¿El voto en blanco beneficia al ganador? ¿Qué pasa con los votos anulados?
El voto en blanco es un voto válido, por lo tanto, se tiene en cuenta para la asignación de cargos. Se utiliza el Sistema D'Hondt, donde se dividen los votos válidos de cada agrupación política y los votos válidos emitidos. Todas las agrupaciones que superen el 3% de los votos válidos son parte de esta distribución de cargos. Los votos anulados no se cuentan como votos válidos para esta distribución.
- ¿Cómo justifica su voto una persona que está trabajando o enferma y no puede concurrir?
Lo puede hacer por el sistema de la Cámara Nacional Electoral, a través de cualquier medio, incluso por mail a alguna de las páginas oficiales, justificándolo. Debe escanear el certificado que dé fe de la causal. Si está trabajando, un certificado de trabajo emitido por el empleador es más que suficiente.